1. Objetivo
Establecer los lineamientos, responsabilidades y obligaciones que deben cumplir los colaboradores y terceros
que actúan en nombre de Grupo MKC, con el fin de prevenir, detectar y reportar
actos, situaciones, omisiones u operaciones que:
- Involucren recursos de procedencia ilícita, o
- Faciliten, ayuden o cooperen en la comisión de los delitos de lavado de dinero o financiamiento al terrorismo.
Esta política constituye un elemento fundamental del sistema de cumplimiento de
Grupo MKC y se alinea con las leyes aplicables, regulaciones vigentes y mejores
prácticas nacionales e internacionales.
2. Alcance
Esta política aplica a:
-
Todos los colaboradores de Grupo MKC: empleados, directivos, personal operativo,
administrativo, eventual, becarios y honorarios.
-
Terceros relacionados con operaciones sujetas a PLD/FT:
asesores, proveedores de servicios, gestores, contratistas, agentes o representantes, y
cualquier tercero sujeto a obligaciones conforme a la Ley Federal para la Prevención e
Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LFPIORPI).
Para efectos de esta política, a todos ellos se les denominará “Colaboradores” cuando estén sujetos al
cumplimiento de PLD.
3. Lineamientos generales
3.1 Marco Normativo Aplicable
Grupo MKC y sus Colaboradores deberán cumplir con:
-
Legislación Penal Mexicana, especialmente lo relativo a lavado de dinero y financiamiento al terrorismo.
-
Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita
(LFPIORPI), su Reglamento y Reglas de Carácter General.
-
Disposiciones de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) en materia de PLD/FT, incluyendo
la supervisión realizada por autoridades competentes.
3.2 Procesos dentro del Sector Financiero
(Solo aplica si algún proceso de Grupo MKC opera bajo regulación financiera;
el texto se mantiene porque forma parte de la política original, pero ya adaptado.)
Aquellos procesos o unidades de negocio que operen bajo regulación financiera deberán:
- Cumplir íntegramente con todas las disposiciones aplicables.
- Contar con políticas de identificación y conocimiento del cliente (KYC) y clasificación por riesgo.
- Implementar metodologías de evaluación de riesgos PLD/FT.
- Detectar e investigar operaciones inusuales, internas preocupantes y relevantes.
- Integrar un Comité de Comunicación y Control, así como un Oficial de Cumplimiento.
- Realizar programas de capacitación anual obligatoria.
- Mantener sistemas automatizados que permitan realizar controles PLD/FT.
- Revisar publicaciones de la SHCP y atender requerimientos de autoridad.
- Garantizar la calidad técnica y honorabilidad del personal.
- Implementar una línea de denuncias interna para reportar operaciones sospechosas.
- Presentar reportes oficiales a las autoridades en tiempo y forma.
- Garantizar confidencialidad de la información.
- Conservar información y documentación por un mínimo de 10 años.
- Facilitar auditorías y ejecutar acciones correctivas.
- Adecuar políticas tras reformas legales.
3.3 Procesos que realizan Actividades Vulnerables (Artículo 17 LFPIORPI)
Los procesos de Grupo MKC que participen en actividades consideradas vulnerables,
deberán:
- Cumplir con toda la regulación PLD aplicable a actividades vulnerables.
- Registrarse ante el portal PLD del SAT como sujetos obligados.
- Designar un representante ante la autoridad, conforme a los plazos legales.
- Elaborar lineamientos internos para el cumplimiento de la regulación.
- Identificar clientes o usuarios y verificar su identidad con documentación válida.
- Integrar un expediente único por cliente.
- Conservar la documentación por al menos 5 años.
- Presentar avisos PLD e informes obligatorios.
- Rechazar pagos prohibidos (efectivo, metales preciosos o divisas en supuestos restringidos).
- Facilitar visitas de verificación de la autoridad.
- Mantener confidencialidad de avisos e informes.
- Revisar periódicamente notificaciones de la autoridad.
4. Capacitación
Todos los Colaboradores sujetos a esta política deberán:
- Conocer su contenido.
- Participar en capacitación PLD/FT.
- Cumplir en tiempo y forma con los entrenamientos obligatorios.
El incumplimiento constituye falta y puede generar sanciones internas.
5. Supervisión y verificación de cumplimiento
La supervisión estará a cargo de:
5.1 Oficial de Cumplimiento / Representante PLD
Responsable de:
- La implementación y control de esta política.
- Evaluar su eficacia y proponer mejoras.
- Resguardar información y reportes PLD.
- Atender requerimientos de autoridad.
5.2 Jefes inmediatos y supervisores
Responsables de:
- Hacer cumplir esta política.
- Liderar con el ejemplo.
- Orientar al personal sobre obligaciones PLD.
5.3 Recursos Humanos
Encargado de:
- Incluir esta política en la inducción.
- Registrar y coordinar la capacitación periódica.
- Validar que los nuevos ingresos cumplan con PLD cuando aplique.
6. Consecuencias del incumplimiento
Las violaciones a esta política deberán presentarse ante el Comité de Ética, el cual propondrá sanciones tales como:
- Amonestación verbal.
- Amonestación escrita.
- Suspensión.
- Terminación laboral.
- Notificación a autoridades competentes, en caso de conductas penales.
La Dirección General y Recursos Humanos determinarán las acciones disciplinarias finales.
7. Reportes de incumplimiento (Línea de Denuncias)
Conforme al Código de Ética y Conducta, los Colaboradores deben reportar cualquier incumplimiento a esta Política
a través de los siguientes medios, disponibles 24 horas del día, los 365 días del año:
- Medios oficiales de denuncia de Grupo MKC
- 🌐 Página web: https://denunciasanonimas.com/denuncia-etica-grupo-mkc/
- ✉️ Correo electrónico: eticagrupomkc@denunciasanonimas.com
- 📱 WhatsApp / Teléfono: 921 212 9065
Las denuncias pueden realizarse de forma anónima o identificada, y serán tratadas con el más alto grado de confidencialidad.
Grupo MKC garantiza que ningún denunciante actuando de buena fe será objeto de represalias,
intimidación o discriminación.
Esta Política de Prevención de Lavado de Dinero y Financiamiento al Terrorismo es de observancia obligatoria
para todos los Colaboradores y terceros relacionados con Grupo MKC.